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¿Qué es el Recurso de Revocación?
Es el primer paso que tienes a tu alcance para hacer que la misma autoridad fiscal revise y corrija sus propias decisiones. Antes de llegar al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, puedes presentar este recurso directamente ante el área que emitió tu resolución.


¿Para qué sirve?

  • Evitar un litigio inmediato
    Al interponerlo, no sólo agotas la instancia administrativa previa (lo que en muchos casos es requisito antes de demandar), sino que, si logras convencer a la autoridad, evitas los costos y tiempos de un juicio.
  • Blindar tu patrimonio de embargos y multas
    Aunque no siempre suspende la ejecución de forma automática, al demostrar que tu petición está bien fundamentada aumenta la probabilidad de frenar medidas como embargos o cargos excesivos.

  • Lo envías por el Buzón Tributario dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la resolución que quieres impugnar.
  • Si fallece el contribuyente, su sucesor dispone de hasta un año para actuar; lo mismo ocurre si se recurre primero un tratado de doble tributación o existe incapacidad legal.
  • Tu escrito debe describir con claridad el acto cuestionado, los perjuicios (agravios) que te causa y aportar las pruebas o documentos (incluyendo dictámenes periciales) que sostengan tu argumento.

  1. Respuesta rápida y directa: la autoridad tiene la obligación de tramitar tu recurso y emitir una nueva resolución fundada, corrigiendo sus propios vicios.
  2. Reducción de riesgos fiscales: evitas que cargos excesivos o embargos sigan su curso sin revisión previa.
  3. Ahorro de tiempo y dinero: al ser un trámite administrativo, los costos suelen ser menores frente a los de un juicio.
  4. Mayor efectividad probatoria: puedes solicitar que se recaben en tu expediente todas las pruebas que no tuviste oportunidad de aportar antes.
  5. Certeza legal: incluso si la autoridad confirma el acto, está obligada a explicar detalladamente sus motivos, lo que te da elementos sólidos para una posible impugnación judicial posterior.

Recurso de Revocación