Indicadores Fiscales · Ejercicio 2026

Los números que sí están vigentes

UMA, salario mínimo, recargos, retenciones y topes aplicables en 2026. Reunidos en una sola página, con la fuente y la fecha de vigencia de cada dato.

¿Busca las tarifas del ISR?

La tarifa mensual del artículo 96, la anual del 152, el subsidio al empleo y una calculadora que hace el desglose paso a paso están en su propia página.

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01 Valores base

UMA y salario mínimo

UMA 2026
$117.31

Diaria. Mensual $3,566.22 · Anual $42,794.64. Publicada por el INEGI, vigente del 1 de febrero de 2026 al 31 de enero de 2027.

Salario mínimo general
$315.04

Diario. Incremento del 13% respecto de 2025, vigente desde el 1 de enero de 2026 por resolución de la CONASAMI. Equivale a unos $9,577 mensuales.

Zona Libre Frontera Norte
$440.87

Diario. Incremento del 5% respecto de 2025, vigente desde el 1 de enero de 2026. Equivale a unos $13,402 mensuales.

Ojo con el desfase de enero. El salario mínimo cambia el 1 de enero, pero la UMA cambia el 1 de febrero. Durante enero sigue aplicando el valor de la UMA del año anterior, y eso afecta todo cálculo que se exprese en UMAs durante ese mes.

02 Recargos

Tasas vigentes en 2026

Conforme a la Ley de Ingresos de la Federación para 2026 y al artículo 21 del Código Fiscal de la Federación. Son tasas mensuales.

SupuestoTasa mensual
Mora — falta de pago oportuno2.07%
Prórroga — saldos insolutos1.38%
Parcialidades hasta 12 meses1.42%
Parcialidades de 12 a 24 meses1.63%
Parcialidades de más de 24 meses y pago diferido1.97%

El salto es considerable. La tasa de mora pasó de 1.47% a 2.07% mensual, un incremento cercano al 41%. Sobre un adeudo que lleve dos años acumulando recargos, la diferencia deja de ser marginal.

Si ya tiene un crédito determinado

Los recargos corren mientras se decide qué hacer. Valorar a tiempo si procede el recurso, el juicio o una regularización con reducción de multas es lo que evita que el adeudo crezca por inercia.

Recurso de revocación → Juicio de nulidad →
03 Retenciones

Las que más se aplican

Retenciones a cargo de personas morales cuando el proveedor es persona física, salvo las de desperdicios y autotransporte, que siguen su propia regla.

ConceptoRetención de ISRRetención de IVA
Honorarios
servicios profesionales
10% sobre el monto del pago, sin deducción algunaDos terceras partes del IVA trasladado
Arrendamiento de inmuebles10% sobre el monto del pago, sin deducción algunaDos terceras partes del IVA trasladado
Comisiones y mediación mercantil10% sobre el monto del pagoDos terceras partes del IVA trasladado
Autotransporte terrestre de bienesNo aplica por esta vía4% del valor de la contraprestación
Desperdicios industrializablesNo aplica por esta víaLa totalidad del IVA trasladado
Intereses del sistema financiero0.90% anual sobre el capital, conforme a la Ley de Ingresos para 2026No aplica

¿Prefiere que el cálculo lo haga el sistema?

Tenemos una calculadora que aplica estas mismas reglas sobre el importe que usted capture, con el desglose de IVA trasladado, retenciones y neto a pagar.

Ir a calculadoras → Calculadora de ISR →
04 Topes y límites

Referencias de uso frecuente

ConceptoValor 2026
Tope de cotización IMSS$2,932.75 diarios — 25 veces la UMA diaria
Deducciones personalesLa cantidad menor entre cinco veces el valor anual de la UMA y el 15% del total de los ingresos, conforme al artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta
IVA16% tasa general · 8% en región fronteriza, conforme al decreto de estímulos aplicable
Reducción de multas50% si la infracción se corrige antes de que concluya el ejercicio de facultades de comprobación · 60% si se corrige después pero antes de que se notifique la resolución, siempre que se paguen las contribuciones omitidas y sus accesorios
Garantía del interés fiscalDepósito en dinero, prenda, hipoteca, fianza, obligación solidaria de tercero o embargo en la vía administrativa. La reforma al artículo 141 del Código Fiscal publicada el 9 de abril de 2026 restituyó la libre elección entre ellas

Actualización. Esta página recoge los valores vigentes para el ejercicio 2026 conforme a las publicaciones oficiales. El INPC, el tipo de cambio y la UDI cambian con frecuencia y deben consultarse en la fuente correspondiente el día de su operación.

05 Preguntas frecuentes

Dudas comunes

¿Por qué la UMA cambia en febrero y no en enero?

El INEGI publica el valor de la UMA en enero y entra en vigor el 1 de febrero, con vigencia hasta el 31 de enero del año siguiente. El salario mínimo, en cambio, lo fija la CONASAMI y aplica desde el 1 de enero. Por eso durante enero conviven el salario mínimo nuevo y la UMA del año anterior.

¿Los recargos se calculan sobre el monto actualizado?

Sí. El artículo 21 del Código Fiscal de la Federación establece que las contribuciones no pagadas en tiempo se actualizan por inflación y, sobre esa cantidad actualizada, se calculan los recargos. Son dos conceptos distintos que se suman, y por eso un adeudo viejo crece más rápido de lo que la gente espera.

¿Qué pasa si retengo de menos?

La responsabilidad recae en quien debía retener. Si usted paga honorarios a una persona física y no retiene el ISR y el IVA que corresponden, la autoridad puede exigirle a usted el entero de esas cantidades, con actualización, recargos y multa, aunque el proveedor las haya declarado por su cuenta.

¿Dónde consulto las tarifas del ISR?

Están en nuestra página de Tablas ISR 2026, con la tarifa mensual del artículo 96, la anual del 152, el subsidio al empleo y una calculadora que hace el desglose paso a paso.

¿Le salió una diferencia y no sabe de dónde viene?

Diferencias en retenciones, en el cálculo de recargos o en el tope de cotización suelen originarse en un dato desactualizado. Revisamos el cálculo, identificamos el origen y le decimos si hay que corregir, aclarar o defender.