Federal y Estado de México · 2026

Recargos 2026 y actualización

Tasas de recargos por mora y prórroga, federales y del Estado de México, con una calculadora que suma la actualización por inflación más los recargos de tu adeudo.

2.07%
Mora federal mensual
1.38%
Prórroga federal
1.85%
Mora Edo. de México
01 Herramienta

Calculadora de recargos y actualización

Escribe el importe del adeudo, el factor de actualización (puedes obtenerlo en nuestra página de INPC) y los meses de atraso. Elige la jurisdicción y el tipo de recargo.

Monto actualizado
Recargos
Total a pagar

Estimación informativa. Los recargos se calculan sobre la contribución actualizada, sumando la tasa mensual por cada mes de atraso (art. 21 CFF). Verifica las tasas vigentes.

02 Tasas vigentes

Recargos 2026 por jurisdicción

Federal (LIF)

Mora / extemporáneo2.07%
Prórroga1.38%
Parcialidades ≤ 12 meses1.42%

Estado de México

Mora / extemporáneo1.85%
Prórroga1.38%
Base legalLey de Ingresos
03 Serie histórica

Tasa federal de recargos por año

AñoMora mensualPrórroga mensual
20262.07%1.38%
20251.47%0.98%
20241.47%0.98%
20231.47%0.98%
20221.47%0.98%
20211.47%0.98%
04 Concepto

Actualización + recargos: cómo se suman

Cuando pagas una contribución fuera de plazo, primero se actualiza el monto por la inflación (con el factor del INPC) y luego se le calculan los recargos, que son una indemnización al fisco por la mora. Los recargos se aplican sobre la contribución ya actualizada, multiplicando la tasa mensual por el número de meses de atraso, conforme al artículo 21 del CFF.

05 Dudas comunes

Preguntas frecuentes

¿Los recargos se calculan sobre el monto original o actualizado?

Sobre el monto actualizado. Primero se actualiza la contribución por inflación y sobre esa cantidad se aplican los recargos.

¿Cuál es la diferencia entre mora y prórroga?

La mora aplica cuando no pagas a tiempo; la prórroga, cuando el SAT te autoriza un plazo o parcialidades. La tasa de prórroga suele ser menor.

¿Hay un límite de meses de recargos?

Los recargos por mora se causan hasta por cinco años, con las reglas del artículo 21 del CFF.

¿Tiene un adeudo fiscal con recargos?

En HERA calculamos tu adeudo real, revisamos si los recargos están bien determinados y negociamos parcialidades o reducciones cuando procede.