El Buzón Tributario es el canal oficial de comunicación entre el SAT y los contribuyentes. Según el artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación (vigente hasta el 31 de diciembre de 2020), todos los inscritos en el RFC están obligados a habilitarlo y mantener actualizados sus medios de contacto.

📌 ¿Qué pasa si no lo haces?
El SAT considera que te estás oponiendo a la notificación. Esto le da facultades para notificarte por estrados, es decir, como si ya estuvieras enterado, aunque no hayas recibido nada directamente.

💡 Este criterio ha sido validado por tribunales, por lo que no habilitar tu buzón puede dejarte sin defensa o sin enterarte de actos importantes como auditorías, multas o requerimientos.


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🔎 Revisamos tu cumplimiento electrónico ante el SAT y te ayudamos a impugnar notificaciones ilegales.

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