Recientemente, un tribunal federal ha determinado que el uso de firma electrónica avanzada por parte del SAT en visitas de verificación relacionadas con actividades vulnerables (Ley Antilavado) es ilegal, si no está firmada autógrafamente la orden por una autoridad competente.
🔍 De acuerdo con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) y supletoriamente con la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA), no existe disposición que autorice el uso de firma electrónica avanzada en los procedimientos de verificación o sanción.
⚖️ Esto significa que cualquier visita de verificación relacionada con actividades vulnerables (por ejemplo, si manejas efectivo, bienes inmuebles, joyería, etc.) debe estar respaldada por una orden física con firma autógrafa, tal como exige el principio de legalidad del artículo 16 constitucional.
📌 Si el SAT te notificó o realizó una visita con documentos firmados electrónicamente, puedes impugnarla por ilegalidad.
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