La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha confirmado que los comprobantes fiscales funcionan como prueba documental de las operaciones gravadas y determinan la situación fiscal de cada contribuyente. Sin embargo, dicha validez no es automática: la autoridad tiene facultades de comprobación para verificar si la factura ampara realmente un hecho gravado. Si, por ejemplo, detecta que la operación respaldada por la factura es inexistente, podrá desconocerla y negar el acreditamiento o la devolución solicitada.

En este escenario, el contribuyente que confía solo en el CFDI se expone a que la autoridad impugne la operación. Por ello, en el juicio contencioso administrativo recae sobre quien demanda la obligación de presentar medios de prueba adicionales (testigos, periciales, contratos, comprobantes bancarios, etc.) que demuestren la materialidad real de la transacción.

Nosotros te ayudamos, conoce como lo hacemos, dando clicJuicio de nulidad

En Bufete Fiscal contamos con profesionales especializados en defensa ante la autoridad tributaria. Te ayudamos a recolectar y presentar todas las pruebas necesarias, detectamos inconsistencias en auditorías y litigios, y diseñamos estrategias sólidas para que tus comprobantes sean reconocidos plenamente. No dejes tu patrimonio a la suerte: nuestros abogados fiscalistas garantizan que tus operaciones cumplan con los requisitos de los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, protegiendo tus deducciones e ingresos.

NOSOTROS TE AYUDAMOS

Abogados Fiscalistas

Tel. 551810-4327