La doctrina administrativa clasifica a los actos administrativos, por razón de su contenido en las siguientes categorías:
a) Actos directamente destinados a ampliar la esfera jurídica de los particulares, son actos de esta naturaleza los actos de admisión, de aprobación, las licencias, permisos o autorizaciones, las concesiones y los privilegios patentes;
b) Actos directamente destinados a limitar la esfera jurídica de los particulares, dentro de los que forman parte las órdenes, las expropiaciones, fincamiento de créditos fiscales, las
sanciones y los actos de ejecución; y
c) Actos que hacen constar la existencia de un estado de hecho o derecho, como los actos de registro,
de certificación, de autentificación, notificación y publicaciones.